Actualidad

12, Enero 2021

Violencia digital: ¿cómo está regulada en nuestro país?

La difusión de material visual o audiovisual sin consentimiento es un tema que año tras año se pone en agenda. Se conocen casos de público conocimiento en el que las personas son expuestas a través de la viralización de, generalmente, vídeos sexuales sin consentimiento. Envíos por WhatsApp, publicaciones en Redes Sociales, un ecosistema de acciones que afectan seriamente la salud emocional de sus protagonistas.

Lo cierto es que hace unos días, la Cámara de Diputados de nuestro país aprobó el proyecto de la “Ley Olimpia” que busca tipificar como delito estas situaciones de extorsión y difusión no consentida de material sexual en Internet. Esta Ley está inspirada en su homónima mexicana aprobada en 2021, llamada así en homenaje a Olimpia Coral Melo, una joven víctima de venganza por parte de una ex pareja.

Se entiende por violencia digital a aquella que “se ejerce mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), y que implique la obtención, reproducción y difusión por cualquier medio de datos personales, material digital real o simulado, íntimo o de desnudez de personas sin su consentimiento”. Esta ley también busca la promoción de programas de alfabetización digital, buenas prácticas en el uso de la tecnología y la no promoción de este tipo de prácticas nocivas. El 23 de agosto será el próximo debate en la Cámara de Senadores.

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